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Las tarjetas revolving son tarjetas que permiten a sus usuarios aplazar y fraccionar los pagos de forma sencilla y flexible pero, precisamente, esa flexibilidad es lo que trae de cabeza a los usuarios cuando, de pronto, ven los intereses que tienen asociados los plazos.
La pregunta que con más frecuencia escucho en mi despacho es…
¿CÓMO SÉ SI MI TARJETA ES REVOLVING?
La respuesta es sencilla; una tarjeta que te permita aplazar los pagos y que genera intereses, gastos administrativos y comisiones. Pero, como todo en Derecho, esta definición también tiene sus excepciones y particularidades propias.
¿CÓMO FUNCIONA UNA TARJETA REVOLVING?
La Entidad Bancaria suele poner a disposición del cliente una línea de crédito, de la cual, este puede disponer de esa línea crediticia como desee. A medida que el cliente va devolviendo las cuotas mensuales de sus compras más sus intereses, ese dinero vuelve a formar parte del crédito disponible para el cliente.
FORMAS DE PAGO DE UNA TARJETA REVOLVING
PAGO MENSUAL FIJO | PAGO A PORCENTAJE |
Esta forma suele ser la más utilizada por los clientes de las Entidades Bancarias. Significa que, todos los meses devolverás una cantidad fija, independientemente de la cantidad que tengas que devolver. | En esta forma de pago varía mensualmente, ya que devolverás un porcentaje del dinero que has dispuesto. A falta de transparencia por parte de las Entidades Bancarias respecto de lo que suponen las tarjetas revolving y esta forma de pago, a mis clientes, siempre aconsejo que no se ajusten al porcentaje mínimo porque, de ese modo, sólo pagarán intereses, comisiones y gastos de administración sin que ese porcentaje cubra la devolución de la cantidad dispuesta, por lo tanto, seguirá más intereses hasta que ello se vuelva insostenible. |
¿QUÉ OPINAN NUESTRO TRIBUNALES DE ESTA SITUACION GENERADA POR LAS TARJETAS REVOLVING?
En primer lugar, cabe decir que la Ley de Usura (Ley de 23 de julio de 1908, sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios), que es la encargada de regular las nulidades contractuales en los préstamos, está completamente desactualizada y es absolutamente ambigua. Y, por lo tanto, resulta lógico pensar que se estén dando estos conflictos respecto de las tarjetas revolving. Una desajustada regulación siempre dará lugar a una desajustada aplicación de la ley.
Es por ello, por lo que, en 2018, se planteó una cuestión al Tribunal Supremo en cuanto a si los intereses de estas tarjetas revolving eran notablemente superior o no al interés medio de las tarjetas de crédito. Finalmente, el Tribunal Supremo, resolvió en 2020 fallando a favor del consumidor y estableciendo que, los intereses eran usureros y abusivos. Fue, entonces, cuando se abrió la oleada de reclamaciones a las Entidades Bancarias para estas cuestiones.
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